REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de Diciembre de 2005
Años: 195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2002-001569

Visto el oficio de fecha 28-07-2005, emanado del Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández, por Consejo de Evaluación donde la Delegado de prueba Lic. Nidya Gómez, solicita PERMISO ESPECIAL DE FIN DE SEMANA (48 horas), para el Penado HERNÁNDEZ MÁRQUEZ DIOGENES, titular de la cédula de identidad Nº 15.570.777, quien permanecerá domiciliado para los fines de semana en Urbanización Los Guayos, 2da etapa, sector 1, Avenida 58, casa N° 29, Valencia, Estado Carabobo. Este Tribunal para decidir previamente observa que en fecha 21-02-2003 se le otorgó al Penado HERNÁNDEZ MÁRQUEZ DIOGENE, el beneficio de RÉGIMEN ABIERTO, y tomando en cuenta la progresividad que se debe seguir a los Penados que se hagan acreedores de Beneficios, o Libertades anticipadas Y cuando el penado tiene en su haber una buena conducta, tanto en el Centro de Pernocta, como la conducta que debe mantener en su trabajo y por otra parte, nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela garantiza un Sistema Penitenciario que asegure la reinsertación, así como rehabilitación del Penado a la sociedad civil, se le OTORGA al Penado HERNÁNDEZ MÁRQUEZ DIOGENE, el PERMISO ESPECIAL DE FIN DE SEMANA, en la dirección consignada.

Por tanto este Tribunal considera procedente ACORDAR EL PERMISO ESPECIAL DE FIN DE SEMANA, (48) horas solicitado para el precitado penado, a quien éste Tribunal ejerce su control y seguimiento en el presente asunto, para los días SÁBADO a las 6:00 a.m. debiendo regresar al Centro de Tratamiento los días LUNES a las 6:00 a.m. y así se decide. Ofíciese al Director del Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Hernández. Cúmplase.


La Juez de Ejecución N° 1

El Secretario

Abg. Mariluz Castejón Perozo