REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-V-2005-003178
Visto el escrito y los recaudos presentado por la Fiscal 14 del Ministerio Público, en beneficio de IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, mediante el cual solicita se rectifique su partida de Nacimiento, inscrita en la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, bajo el N 1488, del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 1995, ya que se incurrió en error material al asentar el mes de presentanción del niño como "AGOSTO" siendo lo correcto "SEPTIEMBRE", razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente; en consecuencia, este Tribunal observa:
Examinados los recaudos acompañados con la solicitud, se desprende de los mismos que se presenta la situación planteada, siendo que en la partida y recaudos presentados, se evidencia que fue asentado el mes de presentanción del niño como "AGOSTO" siendo lo correcto "SEPTIEMBRE", razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en cuanto en cuanto al mes de presentación del niño, el cual deberá aparecer en lo adelante como "SEPTIEMBRE", Partida ésta asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, bajo el N 1488,, del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 1995. Rectifíquese la Partida de Nacimiento.
Expídanse por Secretaria copias de la presente decisión y remítanse al Registro Principal a la Jefatura Civil antes mencionada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los 02 de Diciembre del año 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
EL JUEZ DE JUICIO N° 1,
Dr. Nelson Melendez LA SECRETARIA.
Asunto KP02-V-2005-3178
Rectificación Partida.
Mailim*
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