GADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 12 de Diciembre de 2005.-
195º y 146º
Vista la demanda de NULIDAD intentada por la Abg. AMABILES JOSE SILVA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.438.152, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 7574, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JORGE LUIS FERNANDEZ, LUIS J DUNO y PABLO ESCOLONA, venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 4.385.779, 5.935.902, 3.948.580, de profesiones Medico Cirujano, Técnico Superior Universitario y Licenciado en Administración, en el orden respectivo; contra la providencia emanada de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO LARA, Ahora bien, de una revisión pormenorizada de las actas procesales que conforman la presente acción, se evidencia que son actuaciones administrativas emanadas de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO LARA, el cual es de carácter público, este Tribunal en razón de la materia, acuerda declinar la competencia para conocer de la misma, al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, (quien conoce en primer grado) con sede en la ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de procedimiento Civil y 80 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado Lara. Remítase el expediente mediante oficio. Líbrese oficio. Remítase a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Estado Lara, a los fines de su distribución. Líbrese oficio.

El ……………….






Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
En esta misma fecha se Registro bajo el N° 309-2005, se publico siendo las 2:00 p.m., se libró copia certificada para archivo y se remite constante de mil cuarenta y ocho (1048) folios útiles, con oficio Nº 801-05.
El Secretario,


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR.
Exp.N°7312-05.ec.5.