REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARAL
Cabudare: 08 de Diciembre de 2005
Años: 195° y 146°

Exp. N° 2.572-05

Vista la actuación suscrita entre la parte actora, cursante al folio 22 del presente juicio de fecha 06-12-2005, donde expuso la cancelación de la totalidad de la deuda y da por terminado el presente juicio, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN a dicha actuación de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencias del archivo de este Tribunal. Remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.- Cúmplase.

La Juez


Dra. Coromoto de Del Nogal

El Secretario

Abg. Daniel González
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
El Secretario

Abg. Daniel González