REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-002249

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano JORGE LUIS GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 7.364.180, debidamente asistido por la abogado MARITZA BETANCOURT, inscrita en el IPSA bajo el N° 13.196, en la que desiste de la demanda de divorcio que incoa contra la ciudadano EMILIA ARMINDA JIMENEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.435.665, y en beneficio de la Identidad suprimida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Lopna, y los adolescentes Identidad suprimida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Lopna, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento declarado por el ciudadano JORGE LUIS GUTIERREZ. Téngase el presente auto como una sentencia definitivamente firme.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintisiete (27) día del mes de Enero del año dos mil cinco. Años: 194° y 145°.


La Juez de Juicio N° 2


Abog. Erlinda Oropeza Torres
El Secretario


Abog. Carlos Porteles





EOT/ Ulimag.-
Divorcio Contencioso