Visto el convenimiento efectuado entre las partes por ante el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en fecha 24-01-05, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su homologación al mismo, en los términos en que fue expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, una vez conste en autos la obligación cumplida se ordenará el archivo del expediente. Asimismo expídase copia certificada del presente auto.-