REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo DE Primera Instancia del Trabajo Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : KP02-L-2003-000729
PARTE ACTORA. JULIO CESAR TERAN MARTINEZ
APODERADOS DEL ACTOR. JOSE DE LA CRUZ ROJAS V.
PARTE DEMANDADA. ELVIS L ALTUVE COLMENAREZ
APODERADO DEL DEMANDADA. JULIO CESAR JASPE.
MOTIVO. COBRO DE PRESTACIONES.
En el dia de despacho de hoy, siendo las 2:30.p.m dia y hora señalados para la prologación de la audiencia preliminar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron. por la parte actora su apoderado abogado JOSE DE LA CRUZ ROJAS VASQUEZ, inpreabogado N° 47.328 y por la parte demandada su apoderado abogado JULIO CESAR JASPE, inpreabogado N°32.647, dándose inicio a la prolongación de la audiencia Preliminar. Las partes han llegado al siguiente acuerdo. En este estado el apoderado de la parte demandada expone: Por cuanto existen serias divergencias con respecto a varios conceptos demandados a si como la fecha de ingreso del demandante y a fin de dar por terminado el presente juicio, ofrezco pagar al trabajador la suma de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs.3.000.000,00) como unico pago imputable a todo y cada uno de los conceptos demandados los cuales se pagaran de la siguiente manera: Un Millón Quinientos Bolivares para ser pagados en este acto y el resto es decir Bs.1.500.000,00, para el 20-01-05. Es todo. En este estado el apoderado de la parte actora expone: Acepto el ofrecimiento y recibo en este acto la cantidad de Bs.1.500.000,00 en dinero en efectivo. Es todo, este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva de conformodad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenciables del Trabajador ni normas de orden Público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. dandole efecto de la cosa Juzgada. Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo oportuno del expediente. Termino, se leyó y conformes firman. Se cerró la audiencia a las 3:05.p.m.
El Juez
Abog. Enio José Rivero Yaguas
El Apoderado del actor.
El apoderado de la demandada.
La Secretaria
Hilda de Quiñones.
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