REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 22 de Febrero de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2005-000079
Visto el escrito suscrito por el Fiscal QUINTA del Ministerio Público del Estado Lara, Abg. YARITZA MARINA BERRIOS BAPTISTA, haciendo uso de la facultad que le confiere el Ord.10° del Artículo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público en concordancia con el Ord. 7° del Artículo 108 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control N° 2, para decidir observa:
La presente averiguación se inició en virtud de la denuncia efectuada por el ciudadano LILIAN DEL VALLE CONTRERAS RIVAS, en fecha 23.10.2001, en la cual manifiesta que el ciudadano JOSE OLIVERO COLMENAREZ, quien se enteró que su esposa DIOCELIN DE OLIVERO era amante de su concubino, le ha causado lesiones amenazandola con hacer que pierda su bebé si no vuelve con su ex-concubino..
Coincide este Juzgador con la Fiscalía del Ministerio Público, que nos encontramos en presencia del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el Artículo 418 del Código Penal. Ahora bien por cuanto se evidencia que el hecho investigado se perpetró el día 20.10.2001 y hasta la presente fecha han transcurrido más del lapso de tiempo establecido en el Artículo 108, Ordinal 6o del Código Penal.
Del estudio del caso concluye quien decide, que efectivamente ha transcurrido el lapso de prescripción de la acción penal, por lo que se debe aceptar la solicitud Fiscal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 318 Ordinal 3° y 48 Ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Artículo 108 Ord. 6o del Código Penal. Siendo esta la situación en el presente asunto lo procedente es decretar el sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 2 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el Artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8° Ejusdem y el Artículo 108 de Código Penal, seguida contra ciudadano JOSE OLIVERO COLMENAREZ. Líbrese boletas de notificación. Regístrese, publíquese y cúmplase.
JUEZ DE CONTROL N° 2
Abg. Perla Rondón.
La Secretaria.
No de Causa:
13F5-1334-01
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