Vista la solicitud de entrega de vehículo que cursa en el presente asunto, así como los escritos presentados por el solicitante en fecha 08-06-05, este Tribunal previa las consideraciones plasmada en la presente decisión, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA hacer la entrega de vehículo en calidad de depósito, de conformidad con lo dispuesto en el art. 311 del COPP, al ciudadano ALEX RAFAEL PÉREZ HERRERA. Ofíciese al Estacionamiento Judicial Concordia, que por decisión de ésta fecha, se acordó la entrega del vehículo placas: VCE-809, Serial de Carrocería N° J9A15NN150508 (SUPLANTADA); Marca: Jeep; Modelo: Wagoneer; Año: 79; Color: Blanco; Clase Camioneta; Tipo: Sedan; Uso: Particular; Serial del Motor: 8 Cilindros; al mencionado ciudadan en calidad de depósito. Notifíquese.