Se procede a fundamentar la decisión emitida en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 26-07-05, se admitió la acusación y las pruebas presentadas de conformidad con el artículo 330 ordinales 2 y 9 del COPP. se acordó la Suspensión condicional del Proceso por el lapso de 2 años, a favor del ciudadano Orlando Enrique Rodriguez Colina de conformidad con el artículo 553 del COPP , 37 y 39 del COPP vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos.