REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 10:00 a.m, se constituyó este Trib. en Santa Rosa, calle Comercio, Casa N° 36, Mcipio Iribarren del Estado Lara, acompañados por el abog. actor GABRIEL RODRIGUEZ, INPRE 92.349, JESUS GIMENEZ, repres. depositaria judicial Yacambú C.A. y LENIN BASTARDO, designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Impuesto del acto WILMER CORTEZ, C.I. 18.059.605. El actor señaló para su embargo bienes muebles hasta por la cantidad de Bs. 740.000. El Trib. declaró embargo preventivo de los mismos y los desposesionó jurídicamente del patrimonio de la demandada. Se hizo presente la ciudadana YRAIMA CORTEZ, demandada, impuesta del acto, asistida por abog. LINDA CALDERON; INPRE 72.226. El actor se reservó el derecho de seguir embargando. Los bienes embargados quedaron bajo guarda y custodia de la demandada por convenio entre las partes. A solicitud del actor, se ordenó la devolución de la comisión al Comitente. Siendo las 12:15 p.m, terminó el acto.