REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de junio de dos mil cinco
195º y 146º

Por auto de esta misma fecha, el Tribunal admite escrito acompañado de recaudos presentado por la Defensoria de niños, niña y adolescentes "Creciendo en familia del Ministerio, en beneficio de Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, mediante el cual solicita se rectifique su partida de Nacimiento, inscrita en Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2004, ya que se incurrió en error material al asentar al omitir los datos del padre, siendo lo correcto JOSE TEOVALDO MERLO MENDOZA, cedulado con el número 7466733, razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente.
Examinados los recaudos acompañados con la solicitud, se desprende de los mismos que se presenta la situación planteada, siendo que en la partida y recaudos presentados, aparece razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente. En consecuencia, previa habilitación del tiempo conforme a lo establecido en los artículos 192 y 193 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 ejusdem, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, en cuanto a los datos del padre, siendo lo correcto JOSE TEOVALDO MERLO MENDOZA, cedulado con el número 7466733, Partida ésta asentada en anotada bajo el N 479 del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2002Rectifíquese la Partida de Nacimiento.
Expídanse por Secretaria copias de la presente decisión y remítanse al Registro Principal a la Jefatura Civil antes mencionada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los 01 de Junio del 2005. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez
El Secretario
Abog. Carmen Elvira Moreno Arevalo


Asunto KP02-V-2005-252
Rectificación Partida.
Mariela.-