REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KH01-V-2002-000008
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal modifica el auto anterior, en el sentido de que el desistimiento propuesto por el accionante es de la demanda lo que se traduce a la acción y no del procedimiento, por tanto queda en estos términos modificado el auto anterior, y se ordena tener dicho desistimiento como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente.
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.
Greddy Eduardo Rosas Castillo
G.R.