REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 12:00 m, se constituyó este Trib. en calle 3 entre vereda 13 y 14, Cerritos Blancos, Local S/Nro, sede de la demandada, Mcipio. Iribarren del Edo. Lara, acompañados porJORGE GARCIA, C.I. 7.446.396, asistido de abog. RAMON PARRA, INPRE 22.149, GILBERTO GOMEZ, repres. depositaria judicial Yacambú C.A. y JOSE CALDERON, designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Impuesto del acto HECTOR ARROYO. El actor señaló para embargar la cantidad de Bs. 216.000, en dinero efectivo, así como bienes muebles hasta por la cantidad de Bs. 3.585.000. El Trib. declaró embargo sobre el dinero efectivo y bienes muebles señalados, colocándolos en posesión de la depositaria judicial designada. El dinero puesto a la orden del comitente. El Notificado asistido de abog. PASTOR GARCIA, solicitó (24) horas para dar cumplimiento a la obligación. El actor concedió el plazo. El Trib. ordenó remisión de comisión al Comitente, cumplida como ha sido. Siendo las 2:00 p.m terminó el acto.