REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-001615
Rect.Part.
C.F.


En fecha dieciocho (18) de febrero del año 2.005 el ciudadano OMAR PASTOR TORRELLES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 2.537.444, asistido por la abogada Alejandra Rodríguez Álvarez inscrita en el IPSA bajo el N° 68.261, presentaron escrito en la cual solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento por cuanto aparece por error el apellido de su ciudadana madre como TORRELLAS siendo lo correcto TORRELLES con “E”. El solicitante trajo a los autos copia certificada de su Acta de Nacimiento.
UNICO: Con los recaudos acompañados, los cuales aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por el ciudadano OMAR PASTOR TORRELLES, supra identificado. SE ORDENA: Al Registrador Principal del Estado Lara y a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara se sirva estampar la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento, asentada bajo el N° 1.027, folio 229 del año 1.945 del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ese despacho a los fines que aparezca el verdadero apellido de su ciudadana madre como TORRELLES con “E” y no TORRELLAS. Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintidós (22) días del mes de marzo del año 2.005. Años: 194° y 145°. –

La Juez

Tamar Granados Izarra

La Secretaria


Maria Fernanda Alviarez

g.p.