REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 9 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO: KP01-P-2002-001495

Por cuanto se evidencia en autos que el penado GABRIEL VALERIO COLMENAREZ, fue condenado en fecha 07.07.2003, por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito ROBO GENERICO, y se observa inserta Copia Certificada de Acta de Defunción (folio 332) suscrita por el Registrador Civil Municipal de la Parroquia Petare, del Estado Miranda, correspondiente al mencionado penado, donde se desprende que el mismo FALLECIÓ el día 19.06.04, a causa de herida por Arma de Fuego. En virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la Extinción de la Pena por el fallecimiento del penado GABRIEL VALERIO COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad N° 12.393.218. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Cúmplase.


El Juez de Ejecución N° 1
La Secretaria

Abg. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO