DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana: ZULAY PASTORA LEAL YAJURE contra DONNY ELIGIO EREU DIAZ, en beneficio del niño DIEGO DAVID EREU LEAL, de conformidad con los artículos 366, 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se condena a suministrar como monto de pensión de alimentos, la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo) MENSUALES, a partir del mes de MAYO del presente año. Igualmente se condena a suministrar el 50% de los gastos médicos, escolares y vestimenta. Abrase Carpeta de Cumplimiento Alimentario.