REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 06 de Mayo de 2005
Años 195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-000406
PARTE ACTORA: TEOFILO RAMÓN PEROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.440.106
ABOGADAS APODERADAS DE LA PARTE DEMANDANTE: DEISY MUÑOZ, ANGIE DURAN y YULIMAR BETANCOURT, IPSA Nros. 36.491, 102.137 y 102.145
PARTE DEMANDADA: GRANJA TIERRA SANTA
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: JUAN PABLO BATTISTONI REY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro Nro. 10.317.177
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO RODRIGUEZ, IPSA N° 19.333
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 06 de Mayo de 2005 siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar Audiencia Preliminar, comparece por la parte accionada GRANJA TIERRA SANTA el ciudadano PABLO BATTISTONI REY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro Nro. 10.317.177 en su carácter de propietario asistido por el abogado ALEJANDRO RODRIGUEZ, IPSA N° 19.333. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante TEOFILO RAMÓN PEROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.440.106, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.

La Juez

Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria

Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Firma la parte demandada en señal de asistencia