REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte y tres (23) de Mayo de 2005
Años 195º y 146º

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-001666

PARTE ACTORA: JUAN EDUARDO SANTAELLA GIL, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.750.201
ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: MIRTHA LÓPEZ RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.837
PARTE DEMANDADA: SERENOS Y ASOCIADOS LOS CARDONES C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, veinte y tres (23) de mayo de 2005, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hechos tres llamados de las partes en juicio por el alguacil adscrito a este Tribunal, la parte actora ni la demandada comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez,

Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre

La Secretaria

Abg. Rosanna Blanco Lairet