REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 01 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-002457
Visto el escrito presentado por el profesional del derecho Abg. José Gregorio Petrillo Rodríguez en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público, en el cual solicita la Revocatoria de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado José Gregorio Bata, plenamente identificado en autos, y se ordene la respectiva orden de aprehensión en virtud que una vez revisado el Sistema Juris 2000, se desprende que el referido imputado dejó de presentarse desde la fecha 26 de Mayo del presente año, incumpliendo la medida impuesta por ante este Tribunal .-
Ahora bien, en virtud de lo expuesto y solicitado por parte del Representante del Ministerio Público, observa esta Juzgadora y una vez revisado el sistema Juris 2000 se evidencia que efectivamente el referido imputado José Gregorio Bata, no está cumpliendo con las condiciones impuestas por ante este Tribunal, por lo que considera quien aquí decide Revocar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado antes identificado y se acuerda Orden de Aprehensión a Nivel Nacional. Líbrese oficio a los organismos correspondientes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público.-
El Juez
El Secretario
Abg. Magaly Esther López Méndez
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