REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KH01-M-2001-000064

DEMANDANTE: DISTRIBUIDORA POLAR, CENTRO OCCIDENTAL, S.A.
DEMANDADO: UNIPREC DEL ESTE C.A. y/o CORPORACION PREC. C.A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO)


De la revisión de las actas se observa que desde la fecha 23-03-2004, ha transcurrido más de un año sin que la parte actora haya ejecutado ningún acto en el proceso de COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), a los fines de la prosecución del mismo este Tribunal administrando Justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el Art. 267 del C.P.C. en su encabezamiento; en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente. Remítase al archivo judicial.

LA JUEZ

EL SECRETARIO ACC.

ABG. TANIA MARIA PARGAS

ABG. ROGER JOSE ADAN C.
TP/RJAC/m. elena