REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 03 de Noviembre de 2005.
Años: 195º y 146º.
Causa Civil No. 2.462-05.-
Cobro de Bolívares, Vía Ejecutiva.-
Visto el DESISTIMIENTO suscrito por la parte actora cursante al folio 62 del presente juicio, de fecha 01 de Noviembre del 2005, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION a la misma, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se ordena levantar la Medida Ejecutiva de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 21 de Junio del 2005.- Líbrese oficio al Ciudadano Registrador Inmobiliario del Municipio Palavecino del Estado Lara, participándole lo conducente. Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencias del Archivo de este Tribunal.- Archívese en su oportunidad la presente causa.-
La Juez.
Dra. Coromoto de Del Nogal.
El Secretario.-
Abg. Daniel González.
Seguidamente se dió cumplimiento a lo ordenado. Se libró oficio N° 2660-997.-
El Secretario.
Abg. Daniel González.