Quíbor, 11 de Noviembre de 2005
195° y 146°
EXP. N° 1561
Partes: CRISETH YATHZIRA VEGAS AGUERO
TARCISIO JOSE GARCIA VEGAS
Beneficiaria: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Motivo: Pensión Alimentaria
Vista la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folios cincuenta y tres y cincuenta y cuatro (53 y 54), por cuanto tal actuación no es contraria a los intereses de la Niña XXXXXXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la apertura de cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control del presente acuerdo, a tal efecto agréguese copia certificada de la Conciliación y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. LORENA BRIZUELA YEPEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANA MARIA AGUILERA