REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL DEL ESTADO LARA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JIMENEZ Y
ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
AÑOS 195° Y 146°
Siendo las 10 a.m., se trasladó y constituyó este Juzgado en la dirección indicada en el acta levantada, a fin de dar fiel cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo para el cual fue comisionado. Una vez en la dirección antes indicada fuimos atendidos por el ciudadano Vicente De Paúl Mendoza a quien el Tribunal leyo y notificó de la misión que viene a cumplir. En este estado, el demandado debidamente asistido por el Abogado Juan Carlos Rodriguez I.P.S.A N° 80.185, expone."ofrezco pagar la cantidad de Tres Millones de Bolivares (Bs. 3.000.000.°°) para la cancelación del monto de la demanda, mas las costas y honorarios profesionales. Es todo". En este estado, la apoderada judicial de la parte actora expone: " Acepto la suma ofrecida por la parte demandada y solicito la remisión de las presentes actiuaciones al juzgado de la causa para su respectiva homologación. Es todo". En este estado, este Juzgado visto el acuerdo suscrito entre las partes, acuerda lo solicitado. Es todo. Siendo las 12:22 p.m., el tribunal ordena el regreso a su sede natural. Es todo.