REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 02 de Noviembre de 2005
Años 195º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-001020
PARTE ACTORA: CARLOS ALFREDO ORTIZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.535.489
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil MUNDO DE SUGURIDAD, C.A.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO JOSE TORRES QUINTERO IPSA N° 70.219
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 02 de Noviembre de 2005 siendo las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (09:45 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte accionada el abogado ALBERTO JOSE TORRES QUINTERO IPSA N° 70.219, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MUNDO DE SUGURIDAD, C.A., presentando poder original para su vista, copia fotostática para su certificación y ser agregado a los autos, la cual acredita su facultad de representación. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadano CARLOS ALFREDO ORTIZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.535.489, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.
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