REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA.
SALA DE JUICIO JUEZ Nº 1.
195° Y 146°
Por escrito presentado ante esta Sala, la ciudadana Zuleima Josefina López Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.633.219, actuando en su carácter de representante legal de sus hijos los adolescentes (Omitido artículo 65 LOPNA), asistida por el Defensor Público del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, extensión Carora, abogado Pedro Luis Rojas, solicitó la rectificación de la partida de nacimiento de sus hijos, en la cual alega que la referida ciudadana tenia desconocimiento que sus padre eran casados y ella fue legitimada. Consignó copia fotostática de la cédula de identidad, copias certificadas de las partidas de nacimiento de sus hijos expedidas por la Jefatura Civil de la Parroquia El Blanco, municipio Torres del estado Lara y la Parroquia Las Mercedes, municipio Torres del estado Lara, copia certificada del acta de matrimonio y copia fotostática de la partida de nacimiento perteneciente a la solicitante. Admitida la solicitud el once (11) de octubre de 2.005, se acordó resolver sumariamente, y se ordenó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. En fecha dieciocho (18) de octubre de 2.005, compareció el ciudadano Jesús E. Pérez, en su carácter de Alguacil de este Tribunal, y consignó la boleta de notificación librada al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, debidamente firmada y sellada.
Este Tribunal para decidir observa:
De las copias certificadas de las partidas de nacimiento de los adolescentes (Omitido artículo 65 LOPNA) y de la copia fotostática de la partida de nacimiento perteneciente a la ciudadana Zuleima Josefina López Martínez, se evidencia que efectivamente la referida ciudadana fue legitimada por los ciudadanos Ramón Expedito López Leal y Zuleima Josefina López Martínez, por las razones expuestas y por cuanto el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, no objeto nada con referente a la presente solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana Zuleima Josefina López Martínez. En consecuencia, se ordena asentar en las partidas de nacimiento de los adolescentes (Omitido artículo 65 LOPNA), el apellido del padre de la solicitante, siendo lo correcto Zuleima Josefina López Martínez. Dichas partidas de nacimiento se encuentran insertas en los libros de Registro Civil de Nacimiento de la Jefatura Civil de la Parroquia El Blanco, municipio Torres del estado Lara, bajo el N° 187, folio número 189 frente, de fecha 21 de septiembre de 1.990 y de la Jefatura Civil de la Parroquia Las Mercedes, municipio Torres del estado Lara, bajo el N° 123, folio fte N° 63, de fecha 17 de junio de 1.992. Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia El Blanco, municipio Torres del estado Lara, a la Jefatura Civil de la Parroquia Las Mercedes, municipio Torres del estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, a los fines de insertar la correspondiente nota marginal de conformidad con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.-
Expídase copias certificadas de esta decisión a las partes interesadas y las otras para acompañar los oficios respectivos que se remitirán a las autoridades competentes.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 20 de octubre de 2.005. Años 195° y 146°.-
La Juez N° 1 de la Sala de Juicio.
Abg: Raquel Castillo de Zubillaga.
La Secretaria.
Abg. Luisa Cristina González Campos.
En esta misma fecha se registró bajo el N° 810-2.005, se publicó siendo las 09:15 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.-
La Secretaria.
Abg. Luisa Cristina González Campos.
EXP.N° 1SJ4.048-05
RCZ/rac/02.
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