REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 27 de Septiembre de 2004
195º y 146º

ASUNTO: KP01-P-2001-001363

Vista la solicitud de RÉGIMEN ABIERTO, formulada por la Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, a favor del penado CRISTIAN JOSE ESPINOSA COLMENAREZ, titular de la cédula de Identidad N° 15.599.491, este Tribunal de Ejecución, pasa a emitir pronunciamiento y a tal efecto observa:
En fecha 08.08.05, se recibe Oficio N° 645, suscrito por la T.S.U Reina Palencia, Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, participando que el ciudadano CRISTIAN ESPINOZA COLMENAREZ, que se ha observado que su progresividad es favorable, ya que se adapta al cumplimiento de las medidas y fórmulas del próximo beneficio, por lo tanto es merecedor al Beneficio de Régimen Abierto.

En el caso de marras, consta en autos actualización de cómputo de fecha 17.02.05, folio (278) de donde se evidencia que el penado puede optar al Beneficio de Régimen Abierto a partir del día 22.03.03.

D I S P O S I T I V A

Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución, Administrando Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA PROCEDENTE el beneficio de ESTABLECIMIENTO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado CRISTIAN JOSE ESPINOZA COLMENAREZ, titular de la cédula de Identidad N° 15.599.491, por cuanto están llenos los extremos exigidos por en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal y en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, el que deberá cumplir en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Hernández”, supervisado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara.
Regístrese la presente decisión y remítase, al Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad y al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Hernández”. Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público y a la defensa.

El Juez de Ejecución N° 1


Abg. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO.

La Secretaria