Se inició el presente juicio con Libelo de Demanda presentado por el ciudadano CLEORALDO ANTONIO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 1.769.231, por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIO, Asistido por el abogado JULIO JASPE, Inpreabogado N° 32.647, contra el ciudadano ROGER JOSE MONTES DE OCA GOMEZ, titular de la cédula de identidad Número 16.234.492, y vista la consignación del Alguacil, de fecha 18-12-2.003, inserta al folio 10, donde expone: “ consigno sin firmar boleta de citación que me fue entregada para el ciudadano ROGER JOSE MONTES DE OCA, por cuanto me trasladé mas de tres veces a la dirección: Urb. Final Av. Lisandro Alvarado, con Puente Quebrada de Sanare, Vía El Tocuyo, Guarico Municipio Morán, Estado Lara, y no fue posible localizar al ciudadano en dicha dirección, indicada en la boleta.- Es Todo, terminó, se leyó y conforme firman. El Alguacil. Douglas Mora. La Secretaria. Abg. Yosglide Duin León .“, Este Tribunal observa que ha transcurrido más de Un (1) año, sin que la parte actora impulsara la Intimación del demandado; es por lo que este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del
Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los VEINTIDOS (22) días del mes de Septiembre del año 2.005. Año 195° Independencia y 146° Federación.
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez..
La Secretaria Accidental,
T.S.U. Magalis Vásquez.
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La SEC.
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