REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 27 de Abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-001002
ASUNTO : TP01-P-2006-001002

El Tribunal, por recibida solicitud de designación de defensor, para decidir observa:
La Solicitud.

| La Fiscalía Auxiliar Segunda del Ministerio Público, Abg. ROBERTO DURAN, pide al Tribunal se le designe defensor Público al ciudadano WILMER ABREU VIERA, cedula de identidad numero 17.345.043, por cuanto los mismos manifestaron ante su despacho no contar con medios económicos para nombrar un defensor privado, y el cual figura como imputado en la investigación numero D21.45.13.2004.


Motivación para decidir.

Recibida la presente solicitud el Tribunal observa.

Establece el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal:

“ El imputado tiene el derecho de nombrar un abogado de su confianza como defensor. Si no lo hace, el Juez le designará un defensor público desde el primer acto de procedimiento o, perentoriamente, antes de prestar declaración “
Articulo 139 “ el nombramiento de defensor no esta sujeto a ninguna formalidad
..”
Es por ello, que habiendo manifestado el imputados ante la Fiscalía del Ministerio Público, que no tiene medios para designar un abogado de confianza, y teniendo la condición de imputado, tal y como afirma el Ministerio Público, lo procedente en derecho, es la designación de un defensor publico penal, quien deberá ser convocado para que acepte la defensa ante el Tribunal, en un lapso no mayor de 24 horas a partir del recibo de su notificación. Así se decide.

DECISION.

Este Tribunal de Control numero 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD presentada por el Ministerio Público, y en consecuencia, se procede a designar defensor público Penal al ciudadano WILMER ABREU VIERA, cedula de identidad numero 17.345.043, debiendo acudir al Tribunal en un lapso no mayor de 24 a partir del recibo de la notificación a manifestar la aceptación o excusa.
Ofíciese. Notifíquese al Fiscal y acusado una vez haya aceptado. Remítaese la causa al archivo central. Cúmplase.
Regístrese.


La Jueza de Control Titular.
El Secretario
Abg. Nathalia Cruz Cañizales

Abg. Ruben Moreno.

En fecha______________se cumplió con lo ordenado.