REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 11 de Abril del 2.006
195 ° y 147°
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano HENRY MENDOZA, identificado a los autos, que riela al folio 25 en la presente causa; mediante la cual indica que su hija YASNERY DEL CARMEN, beneficiaria en la presente causa, cumplió la mayoría de edad y que la misma no se encuentra estudiando, así mismo la ciudadana LUCILA PEREZ, parte actora en la presente causa, en fecha 05 DE Abril del 2006, corroboró que su hija cumplió la mayoría de edad y que actualmente no se encuentra cursando estudios de ningún tipo, analizado el documento de identidad y constatada la situación, en consecuencia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en aplicación del artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente SE DECLARA EXTINGUIDA la obligación alimentaria por parte del ciudadano HENRY MENDOZA en beneficio de su hija YASNERY DEL CARMEN. ASI SE DECIDE. Cúmplase.
La Juez Provisorio,
Abog. Rosángela M. Sorondo Gil.
La Secretaria,
Abog. Caribay Goyo L.
|