REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto,4 de Abril de 2006
Años 195º y 147º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-001307
PARTE ACTORA: ANGELICA MARIA ESCOBAR venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro 7.362.867.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: FRANKLIN AMARO DURAN inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.784,
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO LARA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO LARA: EMILIO SEGUNDO BARROETA GUILLEN inscrito en el IPSA bajo el nro.90.122.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, 4 Abril de dos mil seis (2006) siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, Estando presente por la parte demandada GOBERNACION DEL ESTADO LARA representada por el apoderado judicial de la Procuraduría General del Estado Lara: Emilio Segundo Barroeta Guillen inscrito en el IPSA bajo el nro.90.122.. Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
La Juez,
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,
Abg. Andreína Velásquez Santamaría
Las Parte Compareciente
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