REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MENORES

En virtud de todo lo expuesto y de conformidad con el procedimiento establecido por la Sala Constitucional en sentencia de fecha 1° de Febrero de 2000 (caso Mejía Sánchez), este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente dispositivo del fallo definitivo que habrá de ser proferido en este juicio, para cuya emisión in extenso se reserva el lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al de hoy, siendo los términos del dispositivo que en este acto se pronuncia, los siguientes:

D I S P O S I T I V O

En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO el presente procedimiento de amparo constitucional, por inasistencia del recurrente a la audiencia oral y pública, fijada y celebrada en este proceso.
La presente audiencia constitucional terminó siendo la dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde (2.45 p. m.), cuando se pronunció el dispositivo del fallo que habrá de proferirse in extenso. Se redactó esta acta que leída y hallada conforme, firman.

EL JUEZ,


Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ


EL PRESUNTO AGRAVIANTE,


Abog. ADOLFO J. GIMENO PAREDES


LA SECRETARIA,


Abog. RIMY E. RODRÍGUEZ A.