REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
VALERA, 10 DE AGOSTO DE 2006.-
196º y 147º

Vista la diligencia estampada el 09 de los corrientes por el Ciudadano MANUEL SALVADOR MORENO DUARTE, asistido por el Abogado EDUARDO DE JESUS RONDON GRATEROL, Inpreabogado N° 38.304, mediante la cual desiste de la demanda; se le da el curso de Ley. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente proceso, en aplicación de los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, archívese el Expediente. Diarícese. Cúmplase.

EL JUEZ,

ABOGADO OSCAR ROMERO ACEVEDO.


LA SECRETARIA TEMPORAL,

LEIDA DEL CARMEN BRICEÑO.

ORA/LDELCB/m.v.p.s.-
Expediente Nº 26449.-