…GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 1° de agosto de 2.006.-
196° y 147°
Vista la diligencia que antecede suscrita por las partes en el presente juicio, de fecha diecinueve 19 de julio de 2.006, mediante la cual ambas partes convienen en celebrar transacción judicial, contenida en las siguientes cláusulas: “…Primera= la parte demandada reconoce ser deudor de la Sociedad Mercantil Corporación Frio Caruci S.A., y acepta la totalidad de los montos reclamados en el libelo de demanda. Segunda= A los fines de cancelar la totalidad del monto adeudado el demandado ofrece como pago los bienes muebles de su propiedad y que se encuentran debidamente especificados en acta de embargo preventivo que cursa a los folios del 15 al 17 del cuaderno de medidas…”; los cuales son: “…Uno: Un fabricador de hielo marca Hoshizaki en acero inoxidable, con su cerebro modelo KM1300SAH, serial N° Q03350J y su tanque, modelo Bin 800, serial N° 5110009, en acero inoxidable con su filtro de agua marca Springo; Dos: Un fabricador de hielo marca Hoshizaki en acero inoxidable con su cerebro modelo KM 133SAH, serial N° Q03304J, con su tanque de acero inoxidable modelo Bin 800, serial N° 5110006, con su filtro de agua marca Spingo y Tres: Una cava hielera marca Tropicold de una puerta …”, bienes muebles de los cuales las partes presentan factura en original a nombre del demandado de autos, la cual riela al folio 71 del expediente principal, la parte actora acepta a su plena satisfacción la dación en pago aquí efectuada, no teniendo nada más que reclamar por estos conceptos. Asimismo, ambas partes solicitan “…que se tome la presente transacción en la misma fuerza que la cosa juzgada, por tal motivo se suspenda el embargo aquí decretado y se oficie al ciudadano Freddy Vásquez titular de la cédula de identidad N° 5.349.172, en la sede del Juzgado Ejecutor de Medidas del municipio Valera, a los fines de que en su carácter de depositario judicial haga entrega de los bienes aquí señalados a la Sociedad Mercantil Corporación Frío Carucci S.A., representada por su apoderado judicial Andy Asdrúbal Rojo ya identificado…”. El Tribunal vista la anterior transacción celebrada entre las partes, y observando de igual manera, que el apoderado judicial de la parte demandante ANDY ASDRUBAL ROJO CHIRINOS, posee facultades expresas para transingir, según documento poder otorgado, que riela al folio 6 del expediente, y que el demandado de autos JAHKSON RENATO SÁNCHEZ, estuvo debidamente asistido por el abogado NELSÓN AGUILAR, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 108.415, en consecuencia, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de procedimiento Civil, le imparte su aprobación, homologando el mismo, se le da el carácter de cosa juzgada. Una vez que quede firme la presente desición se ordena oficiar al depositario judicial en el sentido solicitado, e igualmente se procederá al archivo definitivo del expediente.-

El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Accidental,

Abg. Zuleida Segovia Pérez