REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
EXP. 9687
...GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y COSNTITCUIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 07 de agosto de 2006
196º y 147º
Revisadas de oficio las presentes actuaciones, este tribunal observa que en el presente juicio la parte demandante, reclama el cumplimiento de un contrato de arrendamiento con opción de compra, (negritas del tribunal) el cual esta siendo tramitado por el juicio ordinario, y no por el juicio breve de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, el cual establece que cualquier acción derivada de una relación arrendaticia, se sustanciará y decidirá conforme al procedimiento del juicio breve, previsto en los artículos 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en razón de ello este tribunal considera que si bien es cierto es competente para conocer del presente juicio, toda vez que la demanda tal y como ha sido estimada alcaza la cuantía necesaria para que sea conocida por este tribunal, el juicio aplicable según la ley no es el que esta siendo aplicado, y toda vez que ello es una norma de orden público que no puede ser derogada o relajada ni siquiera por acuerdo de las partes, tal y como lo establece el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, y que a su vez el procedimiento a seguir constituye un requisito esencial para la validez de todos los actos del proceso, este tribunal, REPONE la presente causa al estado de que sea admitida nuevamente de conformidad con las reglas del juicio breve, y deja NULO Y SIN EFECTO todo lo actuado hasta la presente fecha ello según el mandato del artículo 206 en concordancia con la parte in fine del artículo 211, ambos del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Accidental,
Abg. Zuleida Segovia Pérez