SALA DE JUICIO N° 2
Trujillo, 14 de Agosto de 2006
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
Solicitante: ROBERTO SARCOS MORAN, titular de la cédula de identidad N° 3.468.693
Motivo: Autorización para salir del país
Actuación N°: 1076-2
SINTESIS
Vista la anterior solicitud y sus recaudos anexos, désele entrada y curso de ley. Por cuanto el ciudadano ROBERTO SARCOS MORAN, titular de la cédula de identidad N° 3.468.693, en representación del adolescente (se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de 12 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.609.851 y del niño (se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de 12 años de edad, quienes son sus hijos por medio de la cual solicita autorización para que el referido adolescente y niño viajen junto a su progenitora ciudadana PATRIZIA EMILIA ROIATTI DE SARCOS, titular de la cédula de identidad N° 81.154.178, a Orlando Florida de los Estados Unidos de Norte América, con fines recreacionales, desde el 18-08-06 hasta el 02-09-2006 y para decidir el Tribunal acuerda:
Conforme al artículo 392 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contempla que los niños o adolescentes puedan viajar fuera del país, solos o con terceras personas, requiriendo la autorización de quienes ejerzan su representación. En el presente caso, la madre del adolescente y niños que nos ocupan, viajará junto a ellos, aunado al hecho de que ejerce la patria potestad sobre ellos y en armonía con los artículos 8 de esa misma Ley y 267 del Código Civil, 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, considera procedente otorgar la autorización solicitada, por resultar beneficioso al interés superior de los beneficiarios. Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, declara con lugar la solicitud y en consecuencia.
DISPOSITIVA
PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana PATRIZIA EMILIA ROIATTI DE SARCOS, titular de la cédula de identidad N° 81.154.178, para que viaje junto a sus hijos el adolescente (se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de 12 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.609.851 y del niño (se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de 12 años de edad, a Orlando Florida de los Estados Unidos de Norte América, con fines recreacionales, desde el 18-08-06 hasta el 02-09-2006, saliendo por la ciudad de Maracaibo, aeropuerto Internacional La Chinita.
SEGUNDO: Provéase y ofíciese lo conducente.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria Accidental,
Abog. Alejandrina Rivas Ruiz
T.S.U. Iraida Artigas
En este misma fecha la publicó la presente decisión siendo las 11:00 a.m. al igual se dejan iguales ejemplares en el copiador de sentencias.
AARR/MAPV/jmrb
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