REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 5

BARQUISIMETO, 11 AGOSTO DEL 2006
AÑOS 196° Y 147

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2000-002690
JUEZ : ABOGADA FRANCIS JOHANNA MENDOZA C.
IMPUTADO :ELIAS RAMON COLMENAREZ LOPEZ.
FISCAL : SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
MOTIVO :FUNDAMENTACIÓN DE SOBRESEIMIENTO


Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, fundamentar de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, el Sobreseimiento de la causa acordado en audiencia de fecha 14 de Agosto del 2006 fijada por el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal a tal efecto observa:

En fecha 14-08-2006 se realiza la Audiencia de juicio oral y público en la cual la Defensa Pública Abogada Ana Morillo solicita al Tribunal de conformidad con el artículo 48 numeral 7º del Código Orgánico Procesal Penal se decrete la extinción de la Acción penal a mi defendido, el ciudadano ELÍAS RAMÓN COLMENÁREZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad No. 12.170.447, nacido el 20-05-1975 en Barquisimeto, Estado Lara. Ya que mi defendido finalizo el Régimen de Prueba, a quien este tribunal de Juicio le acordó la Medida Alternativa de Prosecución del Proceso la cual consistió en la Suspensión Condicional del Proceso en fecha 18-01-2005, por el lapso de un año en donde cumplió con los señalamientos que le impuso el Juez y con las Presentaciones ante la Unidad Técnica de Apoyo, cuyo informe de Finalización fue consignada en el presente asunto en fecha 29 de Marzo del 2.006.
Acto seguido se le cedió la palabra a la Representación Fiscal representada en este acto por la Abogada Carmen Moreno la cuál expreso: estar conforme y de acuerdo con la solicitud de Sobreseimiento realizada por la Defensa Técnica.

Ahora bien, quien decide, después de oír a las partes en este acto, y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, observa que efectivamente se encuentran llenos los requisitos del artículo 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal.


DISPOSITIVA
Es por las razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: Visto el cumplimiento de las Medidas Alternativas de Suspensión Condicional del Proceso por el ciudadano ELÍAS RAMÓN COLMENÁREZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad No. 12.170.447, nacido el 20-05-1975 en Barquisimeto, Estado Lara. SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, al mismo tal como lo prevé el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Derogado), y como consecuencia de dicha Extinción de la Acción Penal SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con lo previsto en el Artículo 318 numeral 3 de Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese de todas las medidas impuestas al nombrado ciudadano. Se Decreta la Libertad Plena del mismo. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara. Registrase, Publíquese. Cúmplase


LA JUEZ DE JUICIO N° 5
Abog. Francis Johanna Mendoza Camacaro


EL Secretario.
ABOG. Elmer Zambrano