REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 08 de Agosto de 2.006
196º y 147º

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Defensoría del Niño y Adolescente, entre los ciudadanos KENDER GARCIA Y YAMILETH GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.916.140 Y 13.921.527 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio del niño Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, de 06 años de edad, este Tribunal una vez revisado las actas que conforman la presente causa, dispone homologarlo en los siguientes términos:

“UNICO: El ciudadano KENDER GARCIA, propone ir a buscar todos los fines de semana al niño Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, y las vacaciones de carnaval, semana Santa, decembrina y otros serán compartidos.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos KENDER GARCIA Y YAMILETH GONZALEZ, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de las beneficiarias. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 08 días del mes de Agosto de dos mil seis (2.006). Años: 196° y 147°.

La Juez de Juicio N° 3


Dra. Alida Villasana de Andueza.

La Secretaria

Asunto N° KP02-S-2006-017001
Homologación Visitas
Mailim*