REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: KP02-M-2006-000271

Vista la transacción suscrito en fecha 09/08/06 por la ciudadana MAYELIS BEATRIZ PÉREZ SERRADA, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 108.993, actuando en su carácter de Endosataria en Procuración, según consta en letra endosada que cursa en el folio cuatro (4) del presente expediente, del ciudadano ULISES GERARDO ÁLVAREZ GARCÍA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.253.450, y el ciudadano JUAN CARLOS VÁZQUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.400.375, asistido por el abogado OSWALDO GONZÁLEZ, inscrito en el I.P.S.A: bajo el N° 90.046; partes en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES, Vía intimatoria, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se suspende la Medida Preventiva de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 12/06/06, comunicada según oficio N° 1005, al Registrador Inmobiliario del Municipio Palavecino del Estado Lara. Líbrese oficio. Déjese copia.

La Juez Suplente Especial


Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria Acc,


Eliana Hernández Silva

En la misma fecha se libro oficio.
La Sec,

MJP/dmg