REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

A las 11:40 a.m., se trasladó este Juzgado a la calle 42 entre carreras 18 y 19, N° 18-43, acompañados de la abogada actora Carmen Rodríguez, Inpre N° 84.939, así como de Jesús Giménez, C.I.: 7.302.708, representante de la Depositaria Judicial Yacambú, C.A. y Jean Agüero, C.I.: 14.759.211, designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Notificada del acto Rosa Escobar, C.I.: 17.858.371. La actora señaló para su embargo bienes hasta por Bs. 1.280.000 y Bs. 654.000 en efectivo. El demandado, Deive José Perdomo Hernández, C.I.: 9.552.234, asistido de la abogada Ana Alvizu, Inpre 111.659, se dió por intimado, dió en pago el dinero señalado para su embargo y la cantidad de Bs. 246.000, para un total de Bs 900.000, recibido en el acto por la actora. Las partes hicieron convenio quedando recogida en acta. EL Tribunal decretó embargo preventivo de bienes muebles, quedando los mismos en posesión del demandado quien prestó juramento de ley. A las 2:00 p.m. terminó el acto.