REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Penal de Control
 
TRUJILLO, 18 de Diciembre de 2006
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: TP01-P-2005-002792
 
ASUNTO 			: TP01-P-2005-002792
 
Vista la causa Nº TP01.P.2005.0002792, donde aparecen como partes, de una  el Fiscal II de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo Abogado Sandra Salas,   y por la otra, el Defensor Alba Contreras, por el delito de lesiones personales culposas. 
 
 
DE LAS PRETENCIONES DE LAS PARTES
 
 
Citadas las partes para dar inicio a la Audiencia preliminar en la presente causa,  previo a su inicio las partes expusieron: 
 
 
El Imputado
 
 
 Otorgado el derecho de palabra al imputado, previo ser  impuesto del precepto constitucional previsto en el articulo 49 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  131 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestó que había llegado a un acuerdo reparatorio con la victima   ROGELIO BETANCUOURT, según subsanación del escrito fiscal, de pagarle 3.000.000,00 de bolívares, pagadero en la misma sala.
 
 
 
LA VICTIMA:
 
 
La Victima, expresó estar de acuerdo con el ofrecimiento.
 
 
 
LA DEFENSA
 
 
 La Defensa pidió se homologue el acuerdo. El Fiscal estar de acuerdo. Piden el sobreseimiento.
 
 
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
 
 
Este Tribunal de Control Nº 03, para decidir observa:
 
 
Oído el ofrecimiento, y por tratarse de la imputación del delito de lesiones culposas, sin peligro grave para la victima; oída la victima, y el Ministerio Público, la aceptación de la disculpa que el imputado ofrece a la victima, visto que las partes han prestado su consentimiento en forma libre y espontánea, se aprueba el acuerdo reparatorio realizado,  y visto el pago total del mismo, en sala de audiencia, se decreta el sobreseimiento y así se decide.
 
 
Decisión.
 
 
El Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Se aprueba el acuerdo reparatorio  realizado por los ciudadanos Leidel  José Matos Quintero y  la victima Rogelio Betancourt Artigas,  y se decreta el sobreseimiento de la causa  seguida en contra del ciudadano Leidel  José Matos Quintero, de conformidad con  los artículos 40,41 48 num7  y 318 ordinal 3 todos del Código Orgánico procesal penal.
 
Notifíquese. Solicite la investiagicon al despacho fiscal para su remisión al archivo definitivo una vez trascurrido el plazo de ley. 
 
Juez Titular de Control 3,
 
 
Abg. Nathalia Cruz Cañizales.
 
						Secretario,	
 
 
 
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