...GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO TRUJILLO, Trujillo, 12 de Diciembre de 2.006.

196º y 147º


Expediente: 2780
Solicitante: Jaramillo de Chinchilla Benita del Rosario.
Motivo: Perpetua Memoria

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana BENITA DEL ROSARIO JARAMILLO DE CHINCHILLA, venezolana, mayor de edad, Licenciada, viuda, titular de la Cédula de Identidad N° 10.310.984, domiciliada en el Municipio Pampan del Estado Trujillo; asistida por el Abogado en ejercicio ALFREDO SEGOVIA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.427, en la cual solicita que de conformidad con las disposiciones establecidas en los Códigos Civil y de Procedimiento Civil, se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la solicitante y a sus hijos MARIANGELA ANDREINA CHINCHILLA JARAMILLO y ARTURO LUIS CHINCHILLA JARAMILLO; por ser cónyuge e hijos del extinto ARTURO RAMÓN CHINCHILLA TORRES, quien falleció el día 24 de Agosto de 2.006, a consecuencia de: CARDIOPATIA IZQUEMICA, INFARTO DE MIOCARDIO DE CARA POSTERIOR-INFERIOR REINFARTO HTG SEVERO LLESCONTROLADER.
Con el escrito presentó la solicitante Copia Certificada de: Acta de Defunción, Acta de Matrimonio, Partidas de Nacimiento. Así mismo Justificativo Judicial mediante el cual se acredita que el extinto ARTURO RAMÓN CHINCHILLA TORRES, era casado, de ocupación Asistente de Contabilidad y deja dos (02) hijos; dicho justificativo fue evacuado por ante el Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampan y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, donde los ciudadanos: LISEEHT DEL VALLE MONTILLA MORON y FRANKLIN JOSÉ PÉREZ MORON, venezolanos, mayores de edad, soltera la primera y casado el segundo, domiciliados la primera en la Urbanización La Vega y el segundo en el Municipio Pampan del Estado Trujillo, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.489.838 y 3.524.119 respectivamente, estuvieron contestes al exponer: Saben y les consta que la ciudadana BENITA DEL ROSARIO JARAMILLO DE CHINCHILLA era casada con el ciudadano ARTURO RAMÓN CHINCHILLA TORRES, quien falleció el 24 de Agosto del 2.006; saben y le consta que de esa unión matrimonial los ciudadanos BENITA DEL ROSARIO JARAMILLO DE CHINCHILLA y ARTURO RAMÓN CHINCHILLA TORRES, procrearon dos hijos de nombres MARIANGELA ANDREINA y ARTURO LUIS CHINCHILLA JARAMILLO; saben y le consta que los Únicos y Universales Herederos del causante ARTURO RAMÓN CHINCHILLA TORRES, son sus dos hijos MARIANGELA ANDREINA y ARTURO LUIS CHINCHILLA JARAMILLO y su esposa BENITA DEL ROSARIO JARAMILLO DE CHINCHILLA. A tal efecto el Juzgador observa que la exposición formulada por la solicitante, los instrumentos presentados y demás justificaciones que acompañó son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditar el derecho suficiente que le asiste a los Ciudadanos BENITA DEL ROSARIO JARAMILLO DE CHINCHILLA, MARIANGELA ANDREINA CHINCHILLA JARAMILLO y ARTURO LUIS CHINCHILLA JARAMILLO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ARTURO RAMÓN CHINCHILLA TORRES. Así lo decide este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley especialmente por Ministerio al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse originales las presentes actuaciones al solicitante, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjense copias certificadas para el archivo de este Tribunal.
El Juez,

Msc. Roberto Sarcos Morán.
La…
…Secretaria,
Abog. Mireya Carmona Torres.
En la misma fecha se publico el fallo siendo las:________________

La Secretaria,

Abg. Mireya Carmona Torres.

RSM/MCT/myba,