REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.


Su Juez Natural, Msc. Roberto José Sarcos Morán, titular de la cédula de identidad N° 3.468.693 y la Secretaria Titular del despacho, Abg. Mireya Carmona Torres, titular de la cédula de identidad N° 8.721.007, quien lo refrenda.

PRODUCE EL PRESENTE FALLO

EXPEDIENTE Nº 22.389
SOLICITANTE: PARILLI DE BARRIOS BERSY

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

S I N T E S I S P R O C E S A L

Vista la anterior solicitud introducida ante este Tribunal por la ciudadana BERSY PARILLI DE BARRIOS, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.928.517, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 8092, domiciliada en la ciudad de Caracas, actuando por sus propios derechos; donde solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de su Padre BENITO PARILLI CARRILLO, la cual se encuentra asentada en los Libros de Nacimiento llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Jacinto, Distrito y Estado Trujillo, correspondiente al año 1.967, bajo el Nº 6, Tomo 1, Folio 2 vto al 3, ya que la misma se encuentra errada en lo siguiente: Primero. Fue escrito el nombre de su Abuelo como ROMULO, cuando lo correcto es ROMOLO, tal como corresponde al Idioma Italiano que es el propio de su lugar de nacimiento, a saber: La Ciudad de Roma, Italia, según se evidencia de la copia de su acta de nacimiento que se encuentra agregada a las actas, expedida por la Oficina del Estado Civil de la Comuna de Roma, Municipio Roma XV, registrada bajo el Nº 1261, Parte I, Serie A, año 1.880. Dicho error es motivado a que indebidamente se escribió el nombre de su Abuelo ROMOLO, traduciendolo al Idioma Español como ROMULO, sin respetar el idioma de origen, por lo cual el nombre del padre de su progenitor-( su Abuelo) que aparece inscrito en el Acta de Nacimiento de su padre, no es coincidente con el que está asentado en el Acta de nacimiento de su abuelo; diferencia esta que le impide obtener el Pasaporte de la República de Italia a la que aspira. Segundo. También se incurrió en el error de inscribir el primer nombre de su padre como VENITO con “V” en vez de hacerlo con “B” que es el correcto y el que usó siempre en todos los actos públicos y privados de su vida. Tercero. Si bien, en la partida se especifica la fecha y hora de nacimiento y los datos de filiación del niño presentado, se omitió inscribir el lugar de su nacimiento, lo cual significa la ausencia de un dato necesario para su debida identificación, por lo que solicita sea corregida la omisión y se inscriba en la partida que BENITO ANTONIO PARILLI CARRILLO, nació en el Municipio San Jacinto, Parroquia Monseñor Carrillo del Estado Trujillo.
El Tribunal le dio entrada el curso de Ley y acordó sustanciar el presente procedimiento en FORMA SUMARIA, que una vez notificada la Fiscal Octavo del Ministerio Público por medio del Alguacil de este Despacho, dicha Boleta se agregó a este Expediente ( folio 21).
En fecha 30 de Octubre, el Abogado Alvaro Troconis Parilli, consignó los recaudos respectivos ( folios del 4 al 20).

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Procede este Sentenciador al análisis de las Pruebas presentadas por la Solicitante:
1º) Acta de Nacimiento de la Ciudadana Bercy Maria Parilli, cursante al folio 10, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Matríz del Estado Trujillo, donde se demuestra que el nombre de su padre es Benito.
2º) Acta de Nacimiento del ciudadano Venito Antonio Parilli, cursante al folio 11, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Jacinto del Estado Trujillo.
3º) Traducción al Castellano de Partida de Nacimiento Italiana, Nº 1261, folios 13, 14 y 15, donde se demuestra que el nombre del padre de “Venito”es Romolo Parilli.
4º) Acta de Matrimonio de Benito Antonio Parrilli y Maria Emperatriz Araujo, cursante al folio 16, donde se demuestra que es hijo legítimo de Rómulo Parilli. Consta legalización del Registrador Principal del Estado Trujillo Luis C. Moreno Pérez (folio 17, 18, 19 y 20 ). Documentos que aprecia este Juzgador de conformidad con los Artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil y 1.357 del Código Civil, ya que corroboran lo alegado por la solicitante y no fueron desvirtuados en la oportunidad legal.
Observa este Juzgado que el Acta de Nacimiento del Ciudadano: BENITO ANTONIO PARILLI, inserta en los Libros de Nacimiento llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Jacinto del Estado Trujillo, correspondiente al año 1.906, bajo el Nº 6, Tomo 1, folio 2 vto. Al 3, aparecen los evidente errores anteriormente señalados, ocurridos al momento de asentar la misma, cuyas pruebas emanan de los documentos públicos y administrativos presentados por la solicitante, por lo que es Procedente en derecho Declarar Con Lugar la presente Solicitud. ASÍ SE DECLARA.

D E C I S I O N:

En tal virtud este Tribunal administrando Justicia de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DEL CIUDADANO VENITO ANTONIO PARILLI CARRILLO, asentada en los libros de Nacimiento llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Jacinto del Estado Trujillo, correspondiente al año 1.906, bajo el Nº 6, Tomo 1, folio 2 vto. al 3, en el sentido de que se asiente en su NOTA MARGINAL lo siguiente: Primero: Que Aparezca en la partida de Venito Antonio Parilli Carrillo, el nombre de su padre como ROMOLO. Segundo: Que aparezca su nombre como BENITO , y no como “VENITO”; y Tercero: QUE NACIO EN EL MUNICIPIO SAN JACINTO, PARROQUIA MONSEÑOR CARRILLO DEL DISTRITO Y ESTADO TRUJILLO. Quedando en todo caso a salvo derechos a terceros. De conformidad a las disposiciones legales se remite sendas copias certificadas a la Primera Autoridad Civil del Municipio San Jacinto del Estado Trujillo y al Registrador Principal del Estado, a los fines indicados en el Articulo 502 del Código Civil. Publíquese y Cópiese. Dada, firmada y sellada en la sede donde despacha el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo a los Catorce (14) días del mes de Diciembre del año dos mil seis. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
El Juez,

Msc. Roberto José Sarcos Morán.


La Secretaria,

Abg. Mireya Carmona Torres


En la misma fecha y previas las formalidades de Ley, se publicó el Fallo anterior, siendo las:___________

La Secretaria,

Abg. Mireya Carmona Torres.
RJSM/MCT/gdec.