SALA DE JUICIO N° 2
TRUJILLO, 14 de Diciembre de 2006
196° y 147°
Exp. N° 1307-2
Vista la solicitud de Homologación del convenimiento, realizado a través de la Defensoría de La Fundación del Niño del Estado Trujillo, por las Ciudadanas OSMARY ELENA CARMONA BRICEÑO y MARIA CECILIA SANDOVAL DE VALERA, titulares de las cedulas de identidad N° V-16.463.558 y V-5.774.477, a favor de la niña (Se omite el nombre de acuerdo al articulo 65 de la LOPNA) de ocho (08) años de edad, este Tribunal se ABSTIENE de homologar dicho convenimiento, por cuanto el mismo versa sobre materias cuyo conocimiento corresponde exclusivamente a los Tribunales de Protección, esto es, la Colocación Familiar y la Guarda.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Alejandrina Rivas Ruiz.
El Secretario Titular,
Abg. Jorge E. León A.
ARR/JELA/jlrt.-
Exp. N°1307-2.-
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