REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.


ASUNTO: KP02-S-2006-020930
PARTE ACTORA: GONZALO RAFAEL RODRIGUEZ PRADO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.177989
PARTE DEMANDADA: DEMASECA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO GARCIA P., inscrita en el IPSA bajo el Nro. 90.278.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 14 de Diciembre de 2006, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la abogado GUSTAVO GARCIA P., inscrita en el IPSA bajo el Nro. 90.278, en su condición de apoderado judicial de la DEMASECA, quien en este acto presenta poder original que acredita su representación. Se deja constancia que el ciudadano GONZALO RAFAEL RODRIGUEZ PRADO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.177989, no compareció, según la información suministrada por el Alguacil Israel Arias, titular de la cédula de Identidad V- 15.607330, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
El Juez
La Secretaria
Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
Abg. Marielena Perez Sanchez

La Parte Demandada


El Alguacil