Demandante: MARIA DE LOS ANGELES VALERA JUARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.149.891 y de este domicilio.
Abogado asistente de la parte demandante: ALFREDO REYES, Abogado en ejercicio e Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 108.803.
Demandado: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y FOMENTO MUNICIPAL (FUNDACOMUN)
Motivo: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
Sentencia: INTERLOCUTORIA.
En fecha 21 de noviembre de 2006 se recibió solicitud por ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, presentada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES VALERA JUARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.149.891 y de este domicilio en contra de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y FOMENTO MUNICIPAL (FUNDACOMUN)., procediéndose a su revisión conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siendo admitida en la misma fecha (f. 03).
Ahora bien, 14 de diciembre de 2006, compareció ante este Tribunal la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES VALERA JUAREZ, ya identificada, debidamente asistida por el abogado ALFREDO REYES, Abogado en ejercicio e Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 108.803, en donde expone mediante diligencia: “… Desisto en este acto de la acción incoada por mi persona en contra de LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y FOMENTO MUNICIPAL (FUNDACOMUN), por cobro de prestaciones sociales por la relación laboral que mantuve con la fundación, por cuanto la Directiva de la accionada manifestó la disponibilidad de cancelarme lo adeudado.”
Este Tribunal luego de haber visto que la parte actora voluntariamente ha desistido del procedimiento intentado por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, acuerda homologar el desistimiento presentado. Así lo declara.
D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento de CALIFICACIÓN DE DESPIDO intentado por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES VALERA JUARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.149.891 y de este domicilio en contra de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y FOMENTO MUNICIPAL (FUNDACOMUN).
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
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