REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 19 de Enero de 2006
Años: 195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2002-001080

Visto el escrito presentado por el Abg. Alí Enrique Sánchez, en su condición de Defensa Técnica de los acusados. José Luis Ortiz, José Domingo Ortiz Perozo y María Rosa Ortiz Perozo, este Tribunal emite el siguiente pronunciamiento.

En fecha 10-11-2002 y 29-11-2002; se otorgo medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, a favor de los ciudadanos: José Luis Ortiz, José Domingo Ortiz Perozo y María Rosa Ortiz Perozo, a quienes se le impuso la obligación de presentarse cada Ocho (8) días ante la URDD, así como la prohibición de salida del país.

En fecha 09 de Septiembre del 2004, cursa decisión de Tribunal de Juicio N° 2 donde modifica el cambio de presentación cada 15 días, situación que han cumplido con las presentaciones en el sistema Juris.

Sin embargo este Tribunal es de criterio que no se trata de que los procesados cumplan a cabalidad o no con una obligación, la cual es un deber como ciudadano y de acuerdo a los beneficios que le otorga el legislador tomando en consideración el principio de libertad y de presunción de inocencia; tampoco es hacer un escrito ratificándole al tribunal que el asunto lleve tres años sin celebrarse el juicio oral y público.
Quien aquí decide considera que el motivo de la no celebración del juicio oral y público en varias oportunidades ha sido por incomparecencia de loa defensa, como se puede constatar en audiencia de fecha 10 de febrero del 2005 (folio 422 y 423) y la no comparecencia del Ministerio Público por encontrarse en otros actos.

Igualmente la defensa no consigne constancia de trabajo vigente que acredite, quien aquí decide ampliar el régimen de las presentaciones a un plazo mayor de 15 días.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela NIEGA el cambio de presentaciones a un periodo mayor a que se han venido presentado; ratificándole a la Defensa y a los acusados el deber de comparecer el día 21-02-06 fecha fijada para la celebración del Juicio Oral y Público en la presente causa, con la finalidad de solventar la situación jurídica de los acusados. Notifíquese a las partes. Cúmplase.


La Juez de Juicio N° 2

El Secretario

Abg. Odette Margarita Graffe Ramos