REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 16 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO: KP01-P-2001-000710
Visto el oficio N° 1892-05, emanado del Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara, en el que participa que el penado MIGUEL EDUARDO GUDIÑO SALON, titular de la cédula de Identidad N° 16.748.972, a quien este Tribunal le concedió el Beneficio de RÉGIMEN ABIERTO en fecha 11.11.05, quedó recluido en ese Establecimiento Penal, a la orden del Tribunal de Juicio N° 4, por cursar asunto N° KP01-P-2000-001207, en el que se fijó Juicio con Escabinos para el 13.02.06, a las 2:00 p.m., donde el Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Lara presentó acusación por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO.
En consecuencia este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA el beneficio de Régimen Abierto otorgado al penado MIGUEL EDUARDO GUDIÑO SALON, titular de la cédula de Identidad N° 16.748.972, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, en espera de la decisión definitiva dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio del Estado Lara. Líbrese las correspondientes Boletas de notificación al Fiscal del Ministerio Público, a la defensa y Oficios al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Hernández” y al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara remitiendo copia de esta decisión. Cúmplase
La Jueza de Ejecución Nº 1
Abg. Mariluz Castejón Perozo
El Secretario
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