REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : KP02-M-2005-000432
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente de COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria) seguido por RAFAEL EDUARDO ALVARADO FONSECA contra ELIDE SORENA CAÑIZALES DE CARREÑO y ADOLFO JOSE CARREÑO, se observa que en el auto de admisión que riela a los folios 14 y 15 del presente expediente se señala que la demanda es contra la ciudadana ELIDE SORENA CAÑIZALES DE CARREÑO, y tal como fue indicado por la parte actora en el escrito libelar se demanda tanto a la ciudadana ELIDE SORENA CAÑIZALES DE CARREÑO, en su carácter de deudora principal como a su conyuge el ciudadano ADOLFO JOSE CARREÑO, en su carácter de avalista y principal pagador de las letras, en consecuencia, a los fines de la prosecución del íter procesal, en aras de resguardar el debido proceso y el derecho a la defensa, de inminente orden público, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REPONE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, al estado de admitir nuevamente la demandada con la advertencia que la parte demandada esta conformada por un litisconsorcio pasivo formado por ELIDE SORENA CAÑIZALES DE CARREÑO y ADOLFO JOSE CARREÑO. Se declaran nulas y sin ningún efecto las actuaciones cumplidas en este juicio con posterioridad al día 26/10/05. Déjese copia.
La Juez Suplente Especial
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria
MJP/mfa | María Fernanda Alviarez