REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : KP02-M-2006-000062
Visto el anterior escrito de TRANSACCION, suscrito por el demandado, ciudadano PRISCILIANO FLORES, venezolano, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 4.072.531, asistido por la abogada en ejercicio YURAIMER NATALI GUERRA CARDENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.878 y de este domicilio, donde se da por intimado y renuncia al lapso de oposición y al de comparecencia; en el presente juicio por motivo de COBRO DE BOLIVARES, VIA INTIMACION, seguido por la abogada en ejercicio BELKYS MAYELA PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.828, debidamente facultada en su carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano: HOMERO GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.362.169, de este domicilio; conforme a lo solicitado por las partes, éste Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte su homologación en los términos expuestos en el mismo.
La Juez,
Dra. LIBIA LA ROSA DE ROMERO
La Secretaria,
AUDREY LORENA PINTO
Exp. 12.996
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